{"id":1086,"date":"2016-09-13T00:25:43","date_gmt":"2016-09-13T00:25:43","guid":{"rendered":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/2016\/09\/13\/renuncia-presidente-y-sindico-municipal-de-suchixtepec-por-conflicto-agrario\/"},"modified":"2016-09-13T00:25:43","modified_gmt":"2016-09-13T00:25:43","slug":"renuncia-presidente-y-sindico-municipal-de-suchixtepec-por-conflicto-agrario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/2016\/09\/13\/renuncia-presidente-y-sindico-municipal-de-suchixtepec-por-conflicto-agrario\/","title":{"rendered":"Renuncia Presidente y S\u00edndico Municipal de Suchixtepec por conflicto agrario"},"content":{"rendered":"<p><img class=\\\"alignnone size-full wp-image-1088\\\" src=\\\"https:\/\/cepiadet.files.wordpress.com\/2016\/09\/foto_9.jpg\\\" alt=\\\"foto_9\\\" width=\\\"1920\\\" height=\\\"1080\\\" \/><\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a los \u00faltimos acontecimientos en la comunidad ind\u00edgena zapoteca de San Miguel Suchixtepec, Miahuatl\u00e1n de Porfirio D\u00edaz, Oaxaca, les compartimos el comunicado que nos hacen llegar las autoridades a trav\u00e9s de su asamblea comunitaria.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>COMUNICADO<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>A todos los pueblos ind\u00edgenas hermanos del mundo.<\/p>\n<p>Al pueblo de M\u00e9xico.<\/p>\n<p>Al pueblo de Oaxaca.<\/p>\n<p>A la opini\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>A los medios de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>A los organizaciones defensoras de los derechos humanos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>As\u00ed como sucede en muchas partes del mundo, en M\u00e9xico, los pueblos ind\u00edgenas vivimos en lucha constante ante las devastadoras pol\u00edticas econ\u00f3micas \u201cglobales\u201d que han atentado severamente la esencia de nuestros pueblos nativos y originarios, donde la relaci\u00f3n con la madre tierra y nuestra forma de sentir la vida, no comparte la ambici\u00f3n y la soberbia con que actualmente se le trata y se despoja a nuestros pueblos.<\/p>\n<p>Los \u00faltimos sucesos acontecidos en nuestro pueblo ind\u00edgena zapoteca de San Miguel Suchixtepec, ubicado en las monta\u00f1as de la Sierra Sur del Estado de Oaxaca, no est\u00e1 desligado de este proceso devastador que atenta contra la vida.<\/p>\n<p>La comunidad ind\u00edgena zapoteca de San Miguel Suchixtepec decidi\u00f3 emitir el presente comunicado para hacer del conocimiento de todas y todos quienes quieran saber la verdad de la voz del pueblo, sobre los \u00faltimos sucesos acontecidos en nuestra comunidad a ra\u00edz del conflicto agrario que se vive y se prolonga ante la ineficiencia de las instituciones p\u00fablicas encargadas y obligadas de facilitar su resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como contexto y antecedente para quienes no han tenido la oportunidad de saber de qu\u00e9 trata el conflicto agrario que vive nuestro pueblo, el cual ha tenido diversos momentos, sin embargo, la esencia consiste en el despojo de nuestro territorio comunal de una superficie de 153 hect\u00e1reas, conocido por el pueblo como \u201cel terreno comunal\u201d, por dos personas particulares que se dicen llamar empresarios, sus nombres son Carlos Gustavo Ram\u00edrez Horta y Joel Reyes Hern\u00e1ndez. Ello pese a que el pueblo ostenta un t\u00edtulo primordial que data desde el a\u00f1o 1584.<\/p>\n<p>Este territorio comunal es la herencia de nuestros ancestros, para nosotros representa el sost\u00e9n de nuestra vida biol\u00f3gica y espiritual, es una de las \u00e1reas de recarga de agua m\u00e1s importantes de la regi\u00f3n que abastece no solo a la comunidad de San Miguel Suchixtepec, si no a pueblos vecinos, y a su vez significa una zona de recarga para la Cuenca del R\u00edo Copalita que beneficia pueblos de la parte media y baja de la cuenca y tambi\u00e9n al Desarrollo Tur\u00edstico Bah\u00edas de Huatulco. Adem\u00e1s, la superficie de 153 hect\u00e1reas es una \u201creserva comunitaria\u201d, declarado as\u00ed por San Miguel Suchixtepec, y ah\u00ed existe un alto n\u00famero de flora y fauna que se encuentran en peligro de extinci\u00f3n de acuerdo con la Norma Oficial n\u00famero NOM-059-SEMARNAT-2010.<\/p>\n<p>Es de recordar que conforme a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, el derecho a la tierra y el territorio incluyen \u201cno solamente los espacios ocupados f\u00edsicamente, sino tambi\u00e9n aquellos que son utilizados para sus actividades culturales o de subsistencia\u201d. Es decir, la ocupaci\u00f3n de un territorio por parte de un pueblo o comunidad ind\u00edgena no se restringe \u00fanicamente al n\u00facleo de sus casas de habitaci\u00f3n, \u201cpor el contrario, el territorio incluye un \u00e1rea f\u00edsica conformada por un n\u00facleo de casas, recursos naturales, cultivos, plantaciones y su entorno, ligados en lo posible a su tradici\u00f3n cultural\u201d.<\/p>\n<p>La misma Corte Interamericana ha definido que los recursos naturales son sustancias que existen naturalmente en la Tierra. Los recursos naturales son valiosos para la manufactura de productos, la satisfacci\u00f3n de necesidades o comodidades humanas, y la provisi\u00f3n de servicios ecosist\u00e9micos que mantienen la salud de la biosfera. Los recursos naturales incluyen el aire, la tierra, el agua, el gas natural, el carb\u00f3n, el petr\u00f3leo e hidrocarburos, los minerales, la madera, el humus, la fauna, la flora, los bosques y la vida silvestre. Los recursos naturales renovables son aquellos que se reproducen o renuevan, e incluyen la vida animal, las plantas, los \u00e1rboles, el agua y el viento.<\/p>\n<p>Por lo anterior, la protecci\u00f3n de los recursos naturales presentes en los territorios ancestrales y de la integridad medioambiental de tales territorios, es necesaria para garantizar ciertos derechos fundamentales de sus miembros. Ello implica que el Estado est\u00e1 obligado a adoptar acciones preventivas y positivas orientadas a garantizar un medio ambiente que no comprometa la capacidad de las personas ind\u00edgenas de ejercer sus derechos humanos m\u00e1s b\u00e1sicos.<\/p>\n<p>De ah\u00ed la raz\u00f3n de la defensa de la tierra, territorio y recursos naturales, que la comunidad ejerce permanentemente, como ocurri\u00f3 desde el 09 de mayo del 2015 cuando aperturaron caminos de terracer\u00eda y derribaron \u00e1rboles en una superficie de 1.5 kil\u00f3metros, la comunidad acudi\u00f3 al lugar de los hechos en donde encontraron personas armadas que les dispararon, quienes a pesar del peligro lograron detener un tractor de color amarillo con el n\u00famero D6C de la marca Caterpillar y 19 elementos bal\u00edsticos, los cuales se pusieron a disposici\u00f3n de la Procuradur\u00eda General de la Republica en la ciudad de Oaxaca.<\/p>\n<p>Derivado de ello, se realiz\u00f3 un llamado a la SEMARNAT para hacerle llegar la inconformidad de la comunidad sobre los permisos de aprovechamiento maderable que emiti\u00f3, a nombre de Joel Reyes Hern\u00e1ndez y C\u00e9sar Ram\u00edrez Guendulain padre de Carlos Gustavo Ram\u00edrez Horta, por estar sustentados en documentos ap\u00f3crifos y haberse autorizado de forma incongruente a sabiendas que exist\u00eda una suspensi\u00f3n de plano del Tribunal Unitario Agrario n\u00famero 21, por tratarse de un territorio en litigio.<\/p>\n<p>Ante estos acontecimientos, en la madrugada del d\u00eda 10 de mayo del 2015 la comunidad decidi\u00f3 bloquear la carretera n\u00famero 175 que va de la ciudad de Oaxaca de Ju\u00e1rez a Puerto \u00c1ngel, solicitando la cancelaci\u00f3n del permiso emitido por la SEMARNAT, el castigo de los responsables Joel Reyes Hern\u00e1ndez y Carlos Gustavo Ram\u00edrez Horta, as\u00ed como la instalaci\u00f3n de una mesa de dialogo con la SEGEGO y todas las dependencias involucradas para solucionar el conflicto de manera urgente. Ante la negativa de dichas instancias, el bloqueo se prolong\u00f3 por 18 d\u00edas, hasta establecerse una mesa de di\u00e1logo donde se llegaron a acuerdos que hasta la fecha solo han sido cumplidos parcialmente.<\/p>\n<p>Continuando con el ejercicio del derecho leg\u00edtimo de defensa del territorio, en fecha 28 de agosto del 2016 la comunidad, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la polic\u00eda municipal y estatal, se organiz\u00f3 y asisti\u00f3 al terreno comunal donde nuevamente encontr\u00f3 a 13 personas que derribaron \u00e1rboles y letreros de PROFEPA que proh\u00edben la realizaci\u00f3n de cualquier tipo de trabajo en dicho lugar, rastreo de caminos y construido un terrapl\u00e9n; 3 personas son de la misma comunidad y dijeron ser trabajadores de Joel Reyes Hern\u00e1ndez y Carlos Gustavo Ram\u00edrez Horta.<\/p>\n<p>En el campamento de estas personas, se encontraron 4 armas largas de fuego escondidas bajo troncos y hojas de pino los cuales fueron resguardadas por la comunidad por acuerdo de asamblea de ese d\u00eda, no obstante, dicha asamblea cuestion\u00f3 la actitud de la autoridad municipal al impedir la aprehensi\u00f3n de las 13 personas y emiti\u00f3 el mandato de apresar a las 3 personas de la comunidad, que se encontraban en el lugar de los hechos, para iniciarles un juicio comunitario.<\/p>\n<p>Una vez detenidas las 3 personas, en asambleas de 30 de agosto y 04 de septiembre del actual, la comunidad determin\u00f3 perdonar a 2 por haberse disculpado con el pueblo por su participaci\u00f3n en los hechos y con la promesa de no reincidir, sin embargo, Fidel Camerino Hern\u00e1ndez Hern\u00e1ndez no reconoci\u00f3 su responsabilidad y aleg\u00f3 no reconocer las normas internas de la comunidad, por tal situaci\u00f3n la asamblea determin\u00f3 aplicarle como sanci\u00f3n un arresto y trabajo comunitario, y por lo que hace a la violaci\u00f3n de lo sellos colocados por la SEMARNAT, de la suspensi\u00f3n de plano del Tribunal Unitario Agrario n\u00famero 21 y de la portaci\u00f3n de armas de fuego, se acord\u00f3 ponerlo disposici\u00f3n de la autoridad correspondiente.<\/p>\n<p>De esta manera, con fecha 6 de septiembre de 2016, las autoridades municipales y agrarias de la comunidad ind\u00edgena zapoteca de San Miguel Suchixtepec se reunieron con Eduardo Vicente Bautista, Coordinador Regional de la Sierra Sur de la Secretaria General de Gobierno de Oaxaca, en donde adem\u00e1s de informar sobre la situaci\u00f3n actual del conflicto agrario se acord\u00f3 que se abrir\u00edan mesas de trabajo con autoridades estatales y federales que directa e indirectamente puedan contribuir a la soluci\u00f3n.<\/p>\n<p>En este sentido, se inform\u00f3 al funcionario de la negativa de la Delegaci\u00f3n en Huatulco de la Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica (PGR) en conocer de los hechos en virtud de que ya exist\u00eda un Legajo de Investigaci\u00f3n en la Fiscal\u00eda de Miahuatl\u00e1n de Porfirio D\u00edaz, iniciada el 26 de agosto del 2016 por la autoridad municipal, por tal motivo, se acord\u00f3 con la Agente del Ministerio P\u00fablico de la Sierra Sur la entrega de la persona en coordinaci\u00f3n con nuestras autoridades municipales tan luego concluyera con la sanci\u00f3n que le impuso la comunidad.<\/p>\n<p>Sin embargo, apart\u00e1ndose de los acuerdos previos, el mismo d\u00eda 06 de septiembre de 2016, la Fiscal orden\u00f3 a los elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI) incursionar en la comunidad para llevarse a Fidel Camerino Hern\u00e1ndez Hern\u00e1ndez, quien se encontraba cumpliendo con una sanci\u00f3n comunitaria por realizar actos que afectan el terreno comunal. Con este acto, la Fiscal y la AEI violentaron el derecho que tenemos las comunidades ind\u00edgenas de resolver nuestros conflictos internos e invadieron la esfera competencial de la comunidad, y eso es contrario a su obligacion de proteger los derechos humanos, en especial aquellas nomras que le imponen el deber de reconocer la capacidad de los Pueblos Ind\u00edgenas a aplicar justicia a trav\u00e9s de sus propios procesos y sistemas normativos internos.<\/p>\n<p>Por tal circunstancia, el pueblo reunido en asamblea extraordinaria el mismo d\u00eda 06 de septiembre de 2016, determin\u00f3 que la actuaci\u00f3n de la autoridad municipal durante este proceso de disposici\u00f3n es pasiva y reprobable, y \u00a0considerando m\u00e1s antecedentes similares de su actuaci\u00f3n en la gesti\u00f3n del conflicto agrario decidi\u00f3 iniciarles un juicio comunitario.<\/p>\n<p>Es as\u00ed como, despu\u00e9s de 4 d\u00edas de asamblea permanente, el d\u00eda viernes 09 de Septiembre del 2016, basado en nuestras normas comunitarias y fundamentalmente en el derecho a la libre determinaci\u00f3n y autonom\u00eda, la cual se encuentra respaldada y protegida por el Convenio 169 de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo (OIT), la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas, Declaraci\u00f3n Americana sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas, Constituci\u00f3n Federal y Local, Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades de Oaxaca, entre otros, el pueblo, despu\u00e9s de escucharlos en asamblea y de la defensa material que realizaron en su favor, determin\u00f3 solicitar la renuncia de Ranulfo Ru\u00edz S\u00e1nchez al cargo de Presidente Municipal y la renuncia de Rutilio Hern\u00e1ndez al cargo de S\u00edndico Municipal, pues dados sus antecedentes y las \u00faltimas actuaciones en relaci\u00f3n a la gesti\u00f3n del conflicto agrario, la asamblea del pueblo encontr\u00f3 motivos suficientes para concluir que violaron el sistema normativo ind\u00edgena bajo el cual se rige la comunidad, com\u00fanmente llamado \u201cusos y costumbres\u201d.<\/p>\n<p>Principalmente, las faltas en que incurrieron las autoridades destituidas son las siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>No toman en cuenta al Comisariado de Bienes Comunales, los Representantes Agrarios y Comisi\u00f3n Agraria, nombrados por la asamblea general de comuneros y ciudadanos, en los asuntos relacionados con la gesti\u00f3n y atenci\u00f3n del conflicto agrario, cuando para el pueblo es fundamental el respaldo de la autoridad municipal hacia las autoridades agrarias en este tema, ya que deben trabajar bajo una pol\u00edtica de coordinaci\u00f3n para hacer m\u00e1s eficiente las acciones para la defensa del territorio.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"2\\\">\n<li>Sobre los asuntos del conflicto agrario, su reacci\u00f3n es lenta e ineficiente para adoptar acciones a favor del pueblo. No han actuado en momentos claves, por ejemplo, cuando recientemente un grupo de trabajadores de los pseudo empresarios incursionaron en el terreno comunal para realizar trabajos de tala de \u00e1rboles y otros atropellos, el aviso para tomar acciones es tardado y no se detienen a los infractores de inmediato, lo que contraviene los usos y costumbres.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"3\\\">\n<li>No cumplen y tampoco respetan los acuerdos internos que se han logrado tomar entre las figuras de la autoridad agraria (Comisariado de Bienes Comunales, Representante Agrarios y la Comisi\u00f3n Agraria) y la autoridad municipal. En palabras del pueblo \u201cno asumen su papel de pasarse al frente al momento de ir a sacar a los trabajadores de los pseudo empresarios cuando est\u00e1n afectando el terreno comunal\u201d, \u201cno asumen su papel al salir a comisi\u00f3n para convocar a la gente para las asambleas\u201d y \u201cno coordinan los acuerdos sobre el conflicto agrario conforme los usos y costumbres del pueblo.\u201d<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"4\\\">\n<li>Falta grave al mandato de la asamblea del d\u00eda domingo 04 de septiembre del 2016, por la \u201cliberaci\u00f3n\u201d sospechosa del preso detenido en \u201cEl terreno comunal\u201d, de nombre Fidel Camerino Hern\u00e1ndez Hern\u00e1ndez a quien se le acusa del derribo de \u00e1rboles, portaci\u00f3n de armas de fuego y derribo de letreros o sellos puestos por SEMARNAT y PROFEPA, violando con ello la medida cautelar emitida por el Tribunal Unitario Agrario 21 con fecha 02 de junio del 2015 en el sentido abstenerse de realizar cualquier acto que altere el estado natural del predio.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"5\\\">\n<li>Contubernio con la Agente del Ministerio P\u00fablico de la Cd. de Miahuatl\u00e1n de Porfirio D\u00edaz, quien, violando los acuerdos sostenidos con el coordinador regional de la SEGEGO de la Sierra Sur, Eduardo Mart\u00ednez Bautista, quien orden\u00f3 unilateralmente a los Agentes Estatales de Investigaci\u00f3n (AEI) entrar\u00e1n a la comunidad para llevarse al detenido cuando que el mandato del pueblo era entregarlo en una asamblea.<\/li>\n<li>No quieren firmar las actas de acuerdos de la asamblea general de comuneros que elaboran los integrantes del Comisariado de Bienes Comunales, Representantes Agrarios y Comisi\u00f3n Agraria.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"7\\\">\n<li>Reprobable comportamiento durante este periodo de crisis de la comunidad, lo que es una muestra clara que no se sienten autoridades honorables.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"8\\\">\n<li>Dejar llaves y sellos fuera del territorio municipal, pues estos se dejaron en una casa particular en la Ciudad de Miahuatl\u00e1n de Porfirio D\u00edaz.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"9\\\">\n<li>Agresi\u00f3n f\u00edsica al Sr. Porfirio Hern\u00e1ndez Hern\u00e1ndez, moderador nombrado por la asamblea comunitaria del 04 de septiembre del 2016 para determinar la situaci\u00f3n de los tres detenidos por la incursi\u00f3n en el terreno comunal.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"10\\\">\n<li>Interpretaci\u00f3n a conveniencia de nuestro sistema normativo ind\u00edgena, principalmente al se\u00f1alar que el castigo a un encarcelado es de 24 horas, cuando en la pr\u00e1ctica no tiene un tiempo definido y por lo general es menor a las 24 horas y b\u00e1sicamente est\u00e1 en funci\u00f3n de la agenda de la autoridad competente.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"11\\\">\n<li>Acusar a la asamblea permanente de tenerlo preso por un tiempo de 38 horas, cuando ellos y sus compa\u00f1eros de cabildo permanecieron encerrados por su propia voluntad y con candados propios, despu\u00e9s de la noche que el pueblo les dio para que pensaran las cosas.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"12\\\">\n<li>Incurrir en un desacato a las determinaciones de la comunidad, dado que a pesar de ser llamados en varias ocasiones, por la mesa de debates y consejo de ancianos el 7 de septiembre de 2016, para que explicaran su comportamiento, se negaron terminantemente a hacerlo y en encerraron en la c\u00e1rcel municipal colocando sus propios candados.<\/li>\n<\/ol>\n<ol start=\\\"13\\\">\n<li>Influir para que todos los elementos de la Polic\u00eda Municipal y cuatro Regidores, se amotinar\u00e1n con ellos en la c\u00e1rcel municipal. Inicialmente, como ambos se presentar\u00f3n en completo estado de ebriedad el 6 de septiembre de 2016 ante la asamblea, se determin\u00f3 su arresto hasta el d\u00eda siguiente para que estuvieran en condiciones de informar lo ocurrido respecto de la liberaci\u00f3n de una persona sujeta a jurisdicci\u00f3n de la comunidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Se narran estos sucesos para dejar en claro que los pueblos tenemos el derecho y nuestros propios m\u00e9todos para la impartici\u00f3n de justicia al interior de la comunidad, si alguno de nuestros miembros, muestra mal comportamiento o afecta los intereses propios del com\u00fan, en este caso la defensa del territorio comunal. Por los hechos descritos, una vez determinada la renuncia de Ranulfo Ru\u00edz S\u00e1nchez y Rutilio Hern\u00e1ndez a los cargos de Presidente y S\u00edndico Municipal respectivamente, por mayor\u00eda de votos la asamblea general permanente de ciudadanos y ciudadanas llevada a cabo del d\u00eda 06 al 09 de septiembre de 2016, determin\u00f3 que los suplentes CC. Mois\u00e9s Pedro Salinas y Waldemar Jacinto L\u00f3pez ocupen como titulares los cargos de Presidente y S\u00edndico Municipal, respectivamente.<\/p>\n<p>Esta decisi\u00f3n es leg\u00edtima del pueblo, pues es inaceptable que estos cargos de representaci\u00f3n y de gran importancia para nuestro pueblo est\u00e9n siendo debilitados y corrompidos para beneficio de los intereses mezquinos de los pseudoempresarios madereros de la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>Hacemos un llamado para estar alertas y en comunicaci\u00f3n constante, pues advertimos que no dejaremos que nuestros derechos y nuestra tierra sean violentadas por la ambici\u00f3n de personas que solo ven en nuestro terreno comunal un beneficio econ\u00f3mico a cambio de la destrucci\u00f3n de la vida que ah\u00ed habita y la humillaci\u00f3n del gran valor espiritual que para nosotros representa.<\/p>\n<p>Reafirmamos nuestro compromiso por la defensa de nuestra tierra, territorio y recursos naturales, porque nos sentimos inspirados en luchar de la mano con la fuerza del bosque, la tierra y el agua que nos dan la vida. Y porque en esta tierra viven nuestros ancestros que son los \u00e1rboles y porque esta tierra la tenemos prestada de nuestros hijos, queremos que esta tierra siga viva para las futuras generaciones de un pueblo que lucha por el bien.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Desde las monta\u00f1as de la Sierra Sur del estado de Oaxaca, siendo lunes 12 de Septiembre del 2016 el pueblo ind\u00edgena zapoteca de San Miguel Suchixtepec, pueblo de San Miguel Arc\u00e1ngel, emite el presente comunicado envi\u00e1ndoles un fraternal saludo de vida.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\\\"text-align:center;\\\"><strong>ATENTAMENTE<\/strong><\/p>\n<p style=\\\"text-align:center;\\\"><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p style=\\\"text-align:center;\\\"><strong>ASAMBLEA GENERAL COMUNITARIA DEL PUEBLO INDIGENA ZAPOTECA<\/strong><\/p>\n<p style=\\\"text-align:center;\\\"><strong>DE SAN MIGUEL SUCHIXTEPEC<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\\\"text-align:right;\\\">Responsable de la publicaci\u00f3n:<\/p>\n<p style=\\\"text-align:right;\\\">Benedicto Salinas Hern\u00e1ndez<\/p>\n<p style=\\\"text-align:right;\\\">\u00a0Correo electr\u00f3nico suchixtepecbsh@gmail.com<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En relaci\u00f3n a los \u00faltimos acontecimientos en la comunidad ind\u00edgena zapoteca de San Miguel Suchixtepec, Miahuatl\u00e1n de Porfirio D\u00edaz, Oaxaca, les compartimos el comunicado que nos hacen llegar las autoridades a trav\u00e9s de su asamblea comunitaria. &nbsp; COMUNICADO &nbsp; A todos los pueblos ind\u00edgenas hermanos del mundo. Al pueblo de M\u00e9xico. Al pueblo de Oaxaca. [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"site-sidebar-layout":"default","site-content-layout":"","ast-site-content-layout":"default","site-content-style":"default","site-sidebar-style":"default","ast-global-header-display":"","ast-banner-title-visibility":"","ast-main-header-display":"","ast-hfb-above-header-display":"","ast-hfb-below-header-display":"","ast-hfb-mobile-header-display":"","site-post-title":"","ast-breadcrumbs-content":"","ast-featured-img":"","footer-sml-layout":"","ast-disable-related-posts":"","theme-transparent-header-meta":"","adv-header-id-meta":"","stick-header-meta":"","header-above-stick-meta":"","header-main-stick-meta":"","header-below-stick-meta":"","astra-migrate-meta-layouts":"default","ast-page-background-enabled":"default","ast-page-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-4)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"ast-content-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-1086","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-uncategorized"],"jetpack_featured_media_url":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1086","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1086"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1086\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1086"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1086"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/cepiadet.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1086"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}